11/07/2025
¿El aporte al INACAP es obligatorio o no? ¿Fue derogado o no?
Desde el 5 de junio de 2025, el aporte al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) dejó de ser obligatorio y pasó a ser voluntario, según lo establece el Decreto 149/2025 publicado en el Boletín Oficial.
¿Qué implica este cambio?
Antes: Los empleadores del sector comercio debían pagar un aporte mensual por cada trabajador, incluso si no se realizaban capacitaciones.
Ahora: Solo se realiza si el empleador decide voluntariamente hacerlo. Monto estimado: En marzo de 2025, el aporte era de $4.725,02 por empleado.
Fundamento legal - El decreto establece que: “Las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente”
Excepciones judiciales: Existe una medida cautelar limitada dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo N.º 1 de Lanús, que suspende temporalmente la aplicación del decreto solo para aportantes con sede en el Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús. Fuera de esa jurisdicción, el aporte ya no es obligatorio.
Para que servía - Era un aporte de los empleadores del sector comercio y eso se devolvía con las capacitaciones y el mantenimiento de las instituciones como las Cámaras de Comercio, Confederaciones como CAME, etc.