23/11/2022
b) «régimen complementario de pensión»: todo régimen profesional de pensiones de jubilación establecido con arreglo a la legislación y a la práctica nacionales, como, entre otras cosas, los contratos de seguros de grupo o los regímenes por reparto acordados por uno o más sectores o ramas, los regímenes por capitalización o los compromisos de pensión garantizados por provisiones en el balance de las empresas o cualquier dispositivo de carácter colectivo o dispositivo comparable y vinculado a una relación laboral, destinados a abonar una pensión complementaria a trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia