24/05/2026
LA ODISEA DEL PASEO MARÍTIMO DE LARESO ¿UN RELATO POLÍTICO O UN ARTÍCULO SIN RIGOR INFORMATIVO?
El artículo publicado hoy por Ana Bringas en el D.M. sobre el paseo marítimo de Laredo acierta en algo: el expediente es una auténtica odisea administrativa.
Pero, precisamente por eso, resulta imprescindible contarlo con rigor, sin omisiones relevantes y sin construir un relato parcial que traslada a la ciudadanía una versión incompleta de lo ocurrido, casi idéntica a la del Sr. González, como ya nos tiene acostumbrados.
La información publicada señala que Costas exige la aceptación de determinadas condiciones para regularizar las ocupaciones existentes en dominio público marítimo-terrestre y que, si no se aceptan, el Ayuntamiento podría verse obligado a levantar infraestructuras actualmente existentes.
También afirma que el condicionado fue rechazado por el Pleno el 29 de enero y el 6 de marzo de 2026.
Pero, curiosamente, el artículo OMITE cualquier referencia a la segunda fase del paseo marítimo, precisamente aquella sobre la que se centraron las actuaciones y requerimientos de Costas, ignorando así que el paseo fue ejecutado en distintas fases y bajo realidades administrativas y jurídicas diferenciadas.
TAMPOCO SE EXPLICA, y es algo esencial, que esos acuerdos plenarios se llevaron a Pleno sin el correspondiente informe jurídico del secretario municipal, pese a la enorme trascendencia jurídica, patrimonial y económica del asunto.
No se estaba votando una cuestión menor, sino la aceptación de condiciones impuestas por Costas para otorgar un título concesional sobre bienes de dominio público marítimo-terrestre, por tanto es imprescindible un informe jurídico solicitado por UxL, pero no entregado ¿Por qué se oculta este dato?
NO SE INFORMA ADECUADAMENTE, ni se menciona, lo que establece el artículo 152.11 del Reglamento General de Costas: si el peticionario no acepta las condiciones ofertadas en el plazo de diez días, o no manifiesta su aceptación, el expediente debe declararse concluido por desistimiento, con pérdida de la fianza constituida. ¿Por qué se oculta esta dato legal tan relevante?
Por tanto, el ayuntamiento no puede volver a llevar indefinidamente el mismo condicionado al Pleno. Si el plazo legal transcurrió sin aceptación válida, la cuestión no es simplemente política: es procedimental y jurídica. Estamos hablando de respetar o vulnerar la legalidad, algo que no refleja el artículo. Si el pleno no admitió las condiciones, hay que declarar el expediente concluido por desistimiento.
Lo cual no parece respetar el Sr. González, al querer llevar nuevamente el acuerdo a pleno.
Otro punto decisivo que EL ARTÍCULO OMITE es la transformación del objeto. No es lo mismo regularizar parte del paseo marítimo actualmente existente, que vincular el expediente a un hipotético futuro paseo marítimo, todavía no ejecutado y, además, sin financiacion real, pues hablamos sólo de un proyecto “en el papel”
Según los antecedentes obrantes en el expediente, las condiciones iniciales de Costas para regularizar la situación existente se recogían en 17 folios, mientras que posteriormente el expediente terminó proyectándose hacia una actuación futura con un condicionado ampliado hasta 31 páginas: casi el doble.
Esa diferencia no es un matiz: altera el alcance del expediente, del las obligaciones municipales y dela lectura pública del problema. De ello, NO SE DICE NADA EN EL ARTÍCULO.
TAMPOCO EXPLICA que en l expediente se contienen dos resoluciones de Costas, en 2024 y 2025, con un cambio radical de criterio: la primera, cuando tratábamos de regularizar el paseo existente, se limitaba a exigir estudios hidráulicos, mientras que la segunda, con el cambio impuesto por el Sr. González, impone un nuevo proyecto estructural, rechaza la solución existente y traslada íntegramente al Ayuntamiento los riesgos y responsabilidades de una situación jurídicamente y económicamente inasumible para Laredo.
Y tampoco explica que fue precisamente el cambio de enfoque impulsado por el Sr. González el que transformó un expediente de mera regularización administrativa del paseo existente en un macroproyecto de remodelación integral del arroyo Mantilla y su desembocadura.
Costas pasó de exigir únicamente un estudio técnico hidráulico a imponer la demolición de la cubrición existente, la eliminación del aparcamiento, un nuevo encauzamiento a cielo abierto, cuatro nuevas estructuras de cruce y un proyecto completamente distinto, trasladando además al Ayuntamiento todas las responsabilidades por inundaciones, daños y mantenimiento futuros
Lo que el artículo tampoco cuenta es que el expediente dejó de ser una simple regularización del paseo existente para convertirse, por decisión política del Sr. González, en un proyecto radicalmente distinto y muchísimo más gravoso: apertura completa del arroyo Mantilla, demolición de la estructura actual, eliminación del aparcamiento y asunción por el Ayuntamiento de riesgos hidráulicos, responsabilidades civiles y obligaciones permanentes de mantenimiento que Costas rechazó asumir
En 2025, con la metedura de pata y chapuza del Sr. González, ya no basta con estudiar el problema:hay que modificar el proyecto para resolverlo, o no hay concesión.
Tambien oculta que con la propuesta del Sr. González, el paseo pierde casi 3000 m2, pues pasaría de una ocupación de 20.993 m2 a 18.062 y de 21 accesos a la playa, a menos de la mitad, además de otras muchas condiciones que con la propuesta del Sr. González parece que está más diseñada para proteger a la Administración General del Estado, que al Ayuntamiento de Laredo. Una verdadera chapuza.
El artículo sostiene que el expediente arranca en 2021 y que Costas ya concluyó entonces que parte del paseo carecía de título habilitante. Sin embargo, tampoco profundiza en una cuestión capital: si desde 2021 se conocía la falta de título concesional suficiente, ¿por qué no se explicó con claridad a la ciudadanía desde el primer momento? ¿Por qué se ha presentado ahora como una disyuntiva dramática entre “regularizar o desmontar”, sin explicar verdaderamente la tramitación municipal?
El artículo del D.M. también afirma que el proyecto de renovación no podrá ejecutarse si el condicionado no se aprueba “en una tercera oportunidad”.
Pero esa afirmación es precisamente la que exige mayor rigor jurídico: antes de hablar de una tercera oportunidad, debe aclararse si el expediente concesional sigue vivo o si, conforme al artículo 152.11 del Reglamento de Costas, debió declararse concluido por desistimiento.
No es UxL quien lo dice, es la ley: el Reglamento de Costas, guste o disguste.
La información pública no puede limitarse a reproducir el marco narrativo del equipo de gobierno. Si se habla de una “odisea”, hay que contar toda la travesía: la falta de informe jurídico, el plazo legal de aceptación, el posible desistimiento, el cambio de objeto entre el paseo existente y un futuro paseo, y la responsabilidad política de quien ha gestionado el expediente.
Porque informar no es seleccionar los datos que sostienen un relato. Informar es precisamente lo contrario: poner sobre la mesa los datos incómodos que permiten a los ciudadanos entender lo que realmente está ocurriendo.
En el paseo marítimo de Laredo no basta con decir que Costas exige y que el Pleno bloquea.
La pregunta seria es otra: ¿se ha tramitado correctamente el expediente, se ha informado jurídicamente al Pleno y se ha contado a los vecinos toda la verdad? ¿El Sr. González, con su propuesta, ha metido en un gran líO al municipio de Laredo...?
NADA DE ESO RECOGE LA NOTICIA.
Ramón Arenas, portavoz de UxL.