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05/01/2026

🚨 Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría – Año 2026

📌 Atención trabajadores independientes que emiten Recibos por Honorarios (RH)

No olviden generar su Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría, lo cual les permitirá evitar la retención del 8 %, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por SUNAT.

🗒️ Límites para el año 2026:
Considerando que la UIT tiene un valor de S/ 5 500, los montos se han incrementado.

✅ Puedes solicitar la suspensión si cumples con alguno de estos criterios:
tus ingresos mensuales no superan los S/ 4 010, y la suma de tus ingresos de 4.ª categoría (RH) y 5.ª categoría (planilla) no superan los S/ 48 125 anuales durante el 2026.

⚠️ ¿Qué pasa si ya solicitaste la suspensión y luego superas el límite?

Si en cualquier mes del año (por ejemplo, agosto) tus ingresos acumulados superan los S/ 48 125, se recomienda que desde ese momento emitas tus Recibos por Honorarios con la retención del 8 %, a fin de evitar contingencias, reparos o infracciones tributarias futuras.

🧾 Importancia de solicitar boleta electrónica con DNI

Si proyectas superar el límite y tributar por 4.ª o 5.ª categoría, es fundamental que durante el año solicites boleta electrónica con tu DNI en los siguientes gastos:

1️⃣ Hoteles y alojamientos
2️⃣ Restaurantes
3️⃣ Servicios profesionales
4️⃣ Alquiler de inmuebles (solicitando el comprobante del impuesto por arrendamiento)
5️⃣ Pagos a EsSalud por trabajadores del hogar (debidamente declarados).

👉 Estos gastos permiten deducir hasta 3 UIT adicionales al cierre del ejercicio.

📌 ¿Y si finalmente no superas el límite anual?
Podrás solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso.

❓ ¿La deducción es del 100 % del gasto?
No. La deducción se aplica solo a un porcentaje del gasto, según el rubro:
15 % (por ejemplo, restaurantes)
30 % (arrendamientos)
100 % (en casos específicos)

📊 Ejemplo:
Si consumes S/ 100 en restaurantes, solo S/ 15 serán deducibles.
Aunque el monto parezca pequeño, al cierre del 2026 el beneficio puede ser significativo.

👀 Nota importante
La información sobre deducción de gastos corresponde a las reglas vigentes del 2025.
Aún no se publican las disposiciones oficiales para el 2026; sin embargo, no suele haber variaciones sustanciales (sujeto a confirmación normativa).

✍️ CPC Iván Larico

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Cuzco

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